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Congreso CDMX Analiza Castigar con 20 Años de Prisión a Quien Asesine Echando a los Perros

Por Jaime Arizmendi

*La iniciativa de la diputada Ana Buendía, contempla excepciones cuando el animal actúe en legítima defensa o haya sido provocado o maltratado previamente

Argonmexico / La Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México analiza la iniciativa de la diputada Ana Buendía García, para sancionar con penas de hasta 20 años de prisión la negligencia en el cuidado de animales no humanos, por parte de propietarios, encargados o poseedores cuando ésos causen lesiones u homicidios a personas. Por ello, adiciona el artículo 138 Ter al Código Penal para el Distrito Federal, que establece responsabilidades penales para quienes omitan medidas de seguridad, permitan agresiones con consecuencias graves, al tiempo que contempla sanciones más severas cuando se use al animal para causar daño deliberadamente.

En entrevista, la legisladora destacó que su propuesta dispone que la persona propietaria, poseedora o encargada de la custodia y cuidado de un animal no humano que, por negligencia o falta de previsión al omitir las medidas de seguridad necesarias, permita que éste cause el homicidio o las lesiones de una o más personas, se le impondrán las penas previstas para el homicidio o las lesiones culposas, es decir de 2 a 5 años de prisión.

Pero si la persona propietaria o poseedora incitare, estimulare o utilizare deliberadamente al animal no humano como medio, instrumento o arma para causar el daño, el delito se sancionará conforme a las reglas del homicidio o las lesiones dolosas correspondientes, que de acuerdo al artículo 123 del mencionado Código, se castiga con 8 a 20 años de cárcel.

Sin embargo, aclaró que no se configurará el delito ni se aplicará sanción alguna al propietario, poseedor o encargado del cuidado, si la agresión del animal no humano ocurre como respuesta a una provocación, agresión, maltrato o crueldad previa e injustificada en su contra, o cuando el animal hubiere sido excitado por un tercero, o cuando sea en defensa de la integridad física, la libertad o el patrimonio de sus poseedores, de sus bienes o de terceros, siempre y cuando el hecho ocurra dentro de un espacio privado de acceso restringido, o bien, ante una agresión actual e inminente en la vía pública.

Refirió que en México se registran anualmente más de 800 mil agresiones por mordeduras de animales, de los cuales los perros son responsables en el 80% de los casos reportados, seguidos por los gatos y animales silvestres, ataques que generan laceraciones superficiales hasta lesiones que requieren cirugías reconstructivas, amputaciones, daño neurológico permanente y, en los casos más graves, la muerte de la víctima. Esta situación representa un problema de salud pública y de seguridad que requiere una respuesta jurídica clara y eficaz, por lo que la iniciativa busca proteger especialmente a sectores vulnerables como niñas, niños, personas adultas mayores y personas inmunocomprometidas.

Por último, Ana Buendía afirmó que esta propuesta armoniza la legislación capitalina con estándares internacionales de bienestar animal, responsabilidad jurídica y protección de la integridad personal, fortaleciendo la seguridad y el acceso a la justicia para las víctimas.

Redacción Argonmexico

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