TEEM Sanciona a Callo de Hacha por Violencia Política de Género contra Síndica
Por Daniel Gómez Trejo
Argonmexico / El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió que la libertad de expresión no puede invocarse cuando se vulnera el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, y determinó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género en distintos expedientes, con sanciones que incluyen amonestaciones públicas, medidas de reparación e inscripción en registros de personas sancionadas.
En cumplimiento de lo ordenado por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Pleno del TEEM concluyó que Jorge Roberto Avilés Vázquez, conocido como “Callo de Hacha”, cometió violencia política contra las mujeres por razón de género en sus vertientes simbólica, psicológica y digital en agravio de la primera síndica del municipio de Tlalnepantla.
Las magistraturas consideraron que las expresiones difundidas por el denunciado rebasaron los límites de la libertad de expresión, al hacer referencia a la vida íntima de la funcionaria y utilizar ironía, exageración y burla que excedieron el ejercicio periodístico. Como consecuencia, se impuso una amonestación pública, la obligación de ofrecer disculpa pública y asistir a un curso sobre promoción y protección de los derechos de las mujeres. Una vez que la sentencia quede firme, será inscrito por cuatro años en los registros nacional y estatal de personas sancionadas en materia de violencia política de género (PES/51/2025).
En un asunto distinto, el Tribunal determinó que Selene Hernández Herrera, presidenta municipal de Capulhuac con licencia, cometió violencia política de género contra la tercera, quinta y sexta regidoras del ayuntamiento, al acreditarse actos de intimidación y presión para exigirles lealtad política. El órgano jurisdiccional ordenó dar vista a la Contraloría del Poder Legislativo de la LXII Legislatura del Estado de México para que resuelva lo conducente (PES/44/2025).
Asimismo, el TEEM resolvió la inexistencia de violencia política de género atribuida al presidente municipal de Teoloyucan, Luis Domingo Zenteno Santaella, y a integrantes del cuerpo edilicio. La resolución establece que, durante la sesión de cabildo del 1 de enero de 2025, no se vulneraron los derechos de la sexta regidora, ya que participó en diversas ocasiones y el punto de Asuntos Generales —según el reglamento interior— solo permite avisos, informes y notificaciones, no planteamientos adicionales (PES/16/2025).
Durante la sesión pública correspondiente, el Tribunal Electoral del Estado de México resolvió tres juicios de la ciudadanía local y cuatro procedimientos sancionadores.
