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CNDH  Condena la Situación de Violencia en Oxchuc, Chiapas, Posterior a la Elección Municipal Por Sistemas Normativos Internos 

Por Carlos Muaricio Hernández

-Este Organismo Autónomo exhorta al gobierno estatal a garantizar la protección del derecho humano a la vida e integridad de todas las personas que habitan en dicho ayuntamiento   

Argonmexico / La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) condena enérgicamente los hechos de violencia con armas de fuego, palos y piedras, posteriores a la elección de la persona titular de la presidencia municipal e Integrantes del Concejo Municipal en Oxchuc, Chiapas.

Este Organismo Nacional tuvo conocimiento de los hechos de violencia y de personas que resultaron heridas, suscitados luego de que dos candidatos se proclamaran ganadores del proceso electoral.

El miércoles 15 de diciembre, previo a la celebración de la elección, esta Comisión Nacional emitió medidas cautelares al gobernador de Chiapas, a la Secretaría General de Gobierno y la Secretaría de Seguridad Pública de dicha entidad con la finalidad de garantizar la vida, libertad, integridad física, patrimonio y seguridad individual y colectiva de los habitantes de Oxchuc, mismas que, tras registrarte los actos de violencia, fueron ampliadas al comandante de la Guardia Nacional y al titular de la Fiscalía General del Estado.

La CNDH manifiesta su preocupación por los hechos de violencia, al tiempo de exhortar al gobierno de Chiapas a garantizar el derecho humano a la paz y el Estado de derecho, y a realizar con eficiencia, oportunidad e imparcialidad las investigaciones que permitan ubicar y procesar a los probables responsables de estos hechos de violencia.

En este contexto, reconocemos el derecho a la libre autodeterminación y autonomía de los habitantes indígenas de Oxchuc, con relación a la forma para elegir autoridades municipales conforme a sus sistemas normativos.

El derecho a la libre autodeterminación de los pueblos indígenas está previsto en el artículo 2º, Apartado A, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 5, 8 y 9 del Convenio 169; 3, 4 y 5 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; así como el 7º de la Constitución Política del estado de Chiapas, e implica que las comunidades indígenas pueden asumir el control de sus propias instituciones.

Esta Comisión Nacional hace un llamado a las autoridades estatales y municipales competentes para entablar los consensos que restituyan las condiciones de paz y concordia en la región, además de solicitar la urgente intervención de las autoridades federales para determinar alternativas de solución al conflicto.

Finalmente, frente a los hechos de violencia ocurridos en el Municipio de Oxchuc, Chiapas, la CNDH reafirma su compromiso de coadyuvar con la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas, para la protección, defensa y garantía de los derechos de las víctimas.

¡Defendemos al pueblo!