El PRI Sale a Ganar, no Pacta su Derrota; EPN
*Inconstitucionales las Fotomultas: Dicta Juez Federal
Argonmexico / No pateamos el bote, ni nadamos de a muertito… “El PRI es un Partido que sabe acordar, que pacta para gobernar y para transformar; pero que quede bien claro: nunca, pero nunca, pactará para dejarse derrotar. Nosotros los priístas, y está en nuestra genética, siempre salimos a ganar”, afirmó el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, al encabezar este sábado la conmemoración del 88 aniversario del Partido Revolucionario Institucional.
Ante secretarios de Estado, titulares de organismos descentralizados, gobernadores, los candidatos a gobernar Coahuila, el Estado de México y Nayarit; legisladores, dirigentes y militantes que atiborraron el Auditorio “Plutarco Elías Calles”, el Primer Mandatario propuso no olvidar “por qué, y sobre todo, para qué, buscamos acceder a la responsabilidad política que hoy tenemos.
“Llegamos a romper inercias para transformar, y no sólo administrar. No somos el partido que patea el bote o nada de a muertito; tampoco somos el partido que engaña con ilusiones y promueve la división”.
Pero esta definición no fue escuchada por el senador Miguel Ángel Chico Herrera, porque no acudió al evento. Pudo más su interés por volver a ser candidato a gobernador, que estar con el jefe del partido. Aunque él debe tener muy claro que donde ha estado como delegado del CEN, el PRI ha perdido.
Con un discurso que impresionó a la concurrencia y le arrancó repetidos aplausos y ovaciones, Peña Nieto sostuvo que él tiene “el honor y el enorme privilegio de ser un Presidente de la República emanado del PRI, arropado por el PRI y muy orgulloso del PRI”; para rememorar: “como lo decía Luis Donaldo Colosio, el PRI es el partido del cambio con responsabilidad”.
“Sí, claro que podíamos haber evitado un conflicto con quienes querían mantener estancada la educación y conservar sus privilegios, pero ello habría sido una imperdonable injusticia con nuestros niños. El Estado también podría haberse mantenido doblegado ante los grandes monopolios económicos, pero habría sido otra injusticia con las familias mexicanas que seguirían pagando elevados costos por los servicios que consumen.
“Sí, podíamos habernos cruzado de brazos y dejar que nuestro sector energético entrara en una etapa crítica. Pero, en cambio, decidimos transformarlo para asegurar nuestra soberanía energética. Presentes además los expresidentes del CEN, repuso que “si algo quedó demostrado en enero de este año, es que la oposición sigue sin estar lista para ser gobierno. Sin distinción de colores, exhibieron su oportunismo político, demandando subsidiar a la gasolina.
En síntesis –refirió el Presidente Peña Nieto–, “los priístas pudimos habernos evitado muchos costos políticos estos años; pero ello habría significado traicionar a los mexicanos, que nos eligieron para cumplir con un programa de transformación nacional”. Para advertir con firmeza que “hoy, nuevamente hay riesgos de retroceso. Al igual que hace seis años, están resurgiendo las amenazas que representan la parálisis de la derecha, o el salto al vacío de la izquierda demagógica”.
“Quiero decirles que lo que está en juego es mucho más que una elección. Lo que se estará decidiendo en las urnas este y el próximo año es, literalmente, el futuro de México”.
El Primer Mandatario previno: “éste no es un aniversario más, es un 4 de marzo que se da en una importante coyuntura. Tenemos muy cerca, casi a sólo tres meses de distancia, las elecciones en los estados de Coahuila, México, Nayarit y Veracruz; cada una de ellas es muy importante por sí misma y, en su conjunto, son la antesala de la elección presidencial de 2018”. Sí, hay riesgos de retroceso…
Atajan fotomultas mancderistas… Un juez federal, Fernando Silva, concluyó que es inconstitucional obligar a los habitantes de la Ciudad de México a pagar de forma inmediata las “fotomultas” sin que haya posibilidad de que el multado pueda defenderse. Sentencia que el Reglamento de Tránsito viola el artículo 14 constitucional al permitir que con base en una foto el agente imponga una sanción patrimonial exigible sin la participación ni la defensa previa del sujeto afectado.
Considera que si bien, la video vigilancia puede coadyuvar a la seguridad pública, ello no conduce a determinar que deba sustituir a la actividad de policía y menos aún ubicarse como un atajo que soslaye el cumplimiento de los derechos fundamentales de las personas.
Para enjuiciar que un video o una foto no debe generar en automático un acto de privación en perjuicio de alguna persona. En todo caso, una foto es solamente un indicio que podría servir para iniciar un procedimiento en forma de juicio con la participación del infractor a fin de determinar si se debe o no imponer la sanción”.
Al amparar a un habitante de la CDMX el juzgador ordenó a las autoridades capitalinas dejar sin efectos la boleta de infracción devolver el pago realizado, en su caso, en caso de que la autoridad se encuentre facultada y decida nuevamente emitir la boleta de infracción se otorgue a la quejosa el derecho de audiencia previa en donde se respeten las formalidades esenciales del procedimiento lo que, a decir del juez, es posible realizar en forma ágil y simplificada.
De esta forma el titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la capital del país declaró inconstitucionales los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en la parte que prevén la imposición de sanciones patrimoniales por infracciones de tránsito, al considerar que violan la garantía de audiencia previa del artículo 14 constitucional.
Es verdad que el Reglamento de Tránsito Metropolitano tiene una finalidad legítima y loable consistente en proteger la seguridad vial y la integridad de las personas, sin embargo, de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte el hecho de que un acto administrativo o una ley tengan una finalidad legítima pública, es insuficiente para afectar los derechos fundamentales de los ciudadanos”.
El juzgador expuso que en diversos países se otorga garantía de audiencia previa a la imposición de una sanción de tránsito como sucede en Argentina, Colombia, Portugal, Venezuela, España, a fin de que el particular pueda aducir diversas cuestiones como son por ejemplo, alegaciones en contra de los instrumentos de medición, alguna causa de justificación como lo sería una emergencia, error de hecho o de derecho inexcusable, no exigibilidad de otra conducta, entre otros. La dirá…