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Recomendación de CNDH al ISSSTE por Dilación de Retiro por Invalidez de Derechohabiente

Por Carlos Mauricio Hernández

*La víctima, trabajador del SAT, solicitó desde 2019 el Formato RT-09 por enfermedad general y no le otorgan el certificado que necesita para su trámite

Argonmexico / La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 225/2022 al director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pedro Mario Zenteno Santaella, por vulnerar los derechos a la seguridad social, así como a la legalidad y seguridad jurídica en agravio de una víctima, derechohabiente del instituto, por la dilación en el otorgamiento de un certificado médico de invalidez por enfermedad o accidente ajeno al trabajo, atribuible a la Delegación en el Estado de México (EDOMEX).

El 14 de febrero de 2022, la CNDH recibió un escrito de queja de la víctima, en el cual señala que labora en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que el 26 de febrero de 2019 inició su trámite para que el ISSSTE le otorgara el Formato RT-09 (Certificado Médico de Invalidez por Enfermedad o Accidente Ajeno al Trabajo o de Incapacidad Permanente o Defunción por Riesgo de Trabajo) por enfermedad general con patología de vértigo e hipoacusia, con acuse del 27 de ese mes y año.

El 12 de julio de 2019, el Hospital Regional Tipo B de Alta Especialidad “Bicentenario de la Independencia” en Tultitlán, Estado de México, envió el Formato RT-09 número 22178 a la Delegación EDOMEX, a fin de que en el área de Medicina del Trabajo se continuara con la revisión del proyecto de invalidez. Mediante oficio con fecha del 13 de agosto de 2019, se solicitó a la Unidad de Medicina Familiar de Ecatepec que se le realizara la valoración del derechohabiente en los servicios de Oftalmología, Medicina Interna, Neurología y Cardiología, mismos que fueron agendados para diversos días de enero de 2020, y mediante escritos de 31 de enero y 4 de febrero del mismo año se pidieron las contrarreferencias médicas que le fueron realizadas al paciente para el desahogo del trámite, las cuales no fueron proporcionadas.

El 18 de marzo de 2020, solicitó la intervención de una autoridad responsable para el trámite del otorgamiento del Formato RT-09. El 7 de diciembre de 2021, de nueva cuenta solicitó ejercer su derecho de audiencia, así como su derecho de petición con relación a su escrito de 18 de marzo de 2020, pero a la fecha de la presentación de su denuncia ante este organismo autónomo (14 de febrero de 2022), la revisión y su expediente para el otorgamiento del Formato RT-09 continúan abiertos por “falta de protocolo de atención por parte del personal de la Delegación EDOMEX”.

Del análisis lógico-jurídico de las evidencias, la CNDH pudo comprobar violaciones a los derechos a la seguridad social, a la legalidad y seguridad jurídica en agravio de la víctima, por lo que se solicitó al titular del ISSSTE que se lleven a cabo las acciones necesarias para que, sin mayores dilaciones y omisiones, le sea otorgado a la víctima un nuevo Formato RT-09, brindándole todas las facilidades y apoyo en su trámite de invalidez, tomando en cuenta su estado de salud.

Asimismo, le solicita que colabore en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que esa Comisión Nacional presentará ante el Órgano Interno de Control de ese Instituto en contra de cuatro personas servidoras públicas por sus actos y omisiones narrados en la Recomendación, a efecto de que se investigue su desempeño y se resuelva de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Además, exige al ISSSTE impartir un curso en materia de derechos humanos que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con la debida observancia a los derechos a la seguridad social y a la seguridad jurídica, dirigido al personal adscrito a la Delegación en el EDOMEX, en especial a las cuatro personas servidoras públicas mencionadas en la presente recomendación.