Cabeza de Vaca es Prófugo de la Justicia
Por Mario Díaz
*El Artículo 38 constitucional establece suspensión de sus derechos *De acuerdo a la Fracción V entra en vigor a partir de la orden de aprehensión *La doble nacionalidad salva al ex gobernador de la acción penal de la FGR
Argonmexico / H. MATAMOROS, Tam.- Mucho se ha especulado respecto a la participación o no del ex gobernador FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA como candidato del Partido Acción Nacional a la senaduría vacante, a raíz del fallecimiento del senador FAUSTINO LÓPEZ VARGAS.
La supuesta o real carta de no antecedentes penales emitida por la Fiscalía General del estado de Tamaulipas y que ha circulado en redes sociales, obviamente, es un factor que ha alimentado esa posibilidad que tiene su origen en simpatizantes cabecistas.
Sin embargo, al margen de lo que disponga el Instituto Nacional Electoral respecto a la paridad de género ¿realmente GARCÍA CABEZA DE VACA podría participar en la contienda con base en sus derechos o prerrogativas ciudadanas?
De acuerdo al reformado Artículo 38 Fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el ex mandatario tamaulipeco está imposibilitado ante la suspensión de sus derechos políticos.
La Fracción V del Artículo 38 constitucional establece claramente que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden “por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión”.
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA-desde su sexenio-tiene una orden de aprehensión por delitos considerados graves, aunque evitó la acción penal de la Fiscalía General de la República (FGR) por el fuero constitucional que le refrendó el Congreso Local al no homologar el juicio de procedencia de la Cámara de Diputados.
Tan existe la orden de arresto librada por un juez federal que la ponencia del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ resolvió que el ejercicio de la acción penal podría ejecutarse al finalizar la inmunidad procesal.
En consecuencia, desde esa perspectiva jurídica, GARCÍA CABEZA DE VACA es un prófugo de la justicia desde el momento en que se dictó la orden de aprehensión y, por lo tanto, de acuerdo a la Fracción V del Artículo 38 constitucional, tiene suspendidos sus derechos o prerrogativas ciudadanas.
Hasta el momento, el ex gobernador de Tamaulipas ha evitado cualquier acción penal en su contra gracias a su doble nacionalidad que le permite vivir sin problemas en los Estados Unidos, concretamente en la ciudad de Dallas, Texas.
Sobre decir que su estatus judicial cambiaría radicalmente si es que por alguna razón decide cruzar hacia el territorio mexicano, tomando en cuenta que la Secretaría de Relaciones Exteriores ha emitido una alerta migratoria.
Cabe señalar que, hasta antes de la reforma constitucional del Artículo 38 constitucional ha iniciativa de los diputados por el Partido del Trabajo BENJAMÍN ROBLES MONTOYA y MARIBEL MARTÍNEZ RUIZ, la Fracción V establecía la suspensión de derechos y prerrogativas a partir de que un juez dictara la Formal Prisión.
El cambio de redacción en la Carta Magna ordena esa disposición desde el momento en que a un ciudadano se le libere una orden de aprehensión.
Como es evidente, al margen de que si CABEZA DE VACA pretende o no el fuero constitucional que le otorgaría ocupar un escaño en el Senado de la República, lo cierto es que tiene el impedimento legal para participar en la contienda que autoriza el proselitismo a partir del 28 de diciembre y hasta tres días antes de la jornada comicial dominical del 19 de febrero.
A juzgar por lo que se observa, tal parece que al gobierno de la Cuarta Transformación no le interesa proceder legalmente en contra del ex jefe del Ejecutivo en Tamaulipas, y sí, en cambio, el objetivo era pintar de guinda la esquina noreste del país.
Si acaso, la acción penal de la 4T se concentraría en juzgar a 35 ex funcionarios de menor nivel por su presunta responsabilidad en el daño al erario por tan solo 500 millones de pesos; cifra irrisoria si se compara con el saqueo desmedido durante la peor administración estatal en Tamaulipas.
DESDE EL BALCÓN:
I.-Mañana jueves vence el plazo otorgado por el Instituto Nacional Electoral para el registro de candidatos a participar en la elección extraordinaria por la senaduría vacante.
A partir del 28 de diciembre (día de los Inocentes) los abanderados registrados recorrerán la entidad en busca del voto popular.
Ayer por la tarde, MARIO DELGADO CARRILLO, presidente nacional de Morena dio a conocer que la fórmula guinda será integrada por JOSÉ RAMÓN GÓMEZ LEAL, candidato propietario, e INDIRA PAOLA LÓPEZ CARRETO, candidata suplente.
Entre otros, quedaron en el camino MARIO LÓPEZ HERNÁNDEZ y ERASMO GONZÁLEZ ROBLEDO, quienes se perfilaban como los aspirantes con mayores posibilidades de portar la estafeta guinda.