El TSJQ Entregó el Proyecto de Código de Procedimientos Familiares
Por Fernando Javier / Argonmexico
La Magistrada Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, Ma. Consuelo Rosillo Garfias entregó a la Senadora Lisbeth Hernández Lecona, Presidenta de la Comisión de Familia y Desarrollo Humano del Senado de la República, el Proyecto de Código de Procedimientos Familiares que elaboró este Poder Judicial, mismo que contiene los lineamientos emitidos por el Senado en el Decreto del pasado 13 de diciembre de 2016 para que los juicios familiares establezcan como regla la oralidad y los principios en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias.
Acompañada de la Magistrada Marisela Sandoval López, Presidenta de la Sala Familiar del TSJ, la Magistrada Presidente, Rosillo Garfias explicó que el objetivo es coadyuvar en la armonización de una ley general para el país, “con esta acción, el Estado de Querétaro es pionero al presentarlo ante la Cámara Alta”.
Además, informó que la Senadora Hernández Lecona se comprometió a ser el puente de comunicación con la Cámara de Diputados para que este Proyecto sea tomado como referente nacional.
Durante la reunión que sostuvieron en el Senado de la República, la Senadora Hernández Lecona y las Magistradas del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, coincidieron en que la solución a los problemas debe realizarse por medio de la conciliación antes de llegar al juicio. Herramienta que permitiría la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.
Finalmente, la Magistrada Presidente, Rosillo Garfias, recordó que el Decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, mejora regulatoria, justicia cívica e itinerante y registro civil aprobado el 13 de diciembre de 2016, propone facultar al Congreso de la Unión para expedir la ley general que establece los principios y bases en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, con excepción de la materia penal; en materia de mejora regulatoria; y en materia de justicia cívica itinerante. De igual forma, la reforma el artículo 16, y adición a los artículos 17 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia cotidiana, propone adicionar en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que, en los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio se establezca como regla la oralidad.