Juez Suspende de Manera Definitiva Reforma a Ley de la Industria Eléctrica
Por Roxana Hernández
Argonmexico / El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Juan Pablo Gómez Fierro, concedió la suspensión definitiva a la reforma eléctrica.
El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Juan Pablo Gómez Fierro, concedió la suspensión definitiva a la reforma eléctrica impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Gómez Fierro ha concedido esta suspensión definitiva después de que la semana pasada suspendiera de manera provisional la reforma del Gobierno que busca dar un mayor peso a la estatal Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el sector y limitar la participación de empresas privadas.
La suspensión definitiva que se concede es para el efecto de que se suspenden todas las consecuencias derivadas del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la industria eléctrica”.
De este modo, la entrada en vigor de la reforma aprobada la semana pasada, se paraliza de manera indefinida.
Sin embargo, a pesar de que se otorgó la suspensión definitiva, el gobierno federal puede impugnar la determinación, por lo que la definición puede llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Gómez Fierro no ha sido el único en conceder la suspensión a la reforma eléctrica, también el juez Rodrigo de la Peza, suspendió de manera provisional la reforma al considerar que la iniciativa podría violar los derechos constitucionales en materia medioambiental o impedir la entrada al mercado de empresas renovables.
En su resolución, el juez determinó que, a pesar la medida sólo se solicitó por dos empresas que realizan actividades reguladas en el sector eléctrico, debe tener efectos generales, ya que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para las quejosas, este Juzgado de Distrito no solo estaría otorgándoles una ventaja competitiva frente a los demás particulares que se encuentran en su misma posición, sino que, además, podría ocasionar distorsiones en la industria eléctrica, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector.
Los amparos fueron concedidos a las empresas Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana, quienes el pasado 10 de marzo presentaron el recurso contra el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica publicado el 9 de marzo de 2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
“La suspensión definitiva que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de marzo de dos mil veintiuno”.
En la resolución el juez determinó que la competencia y libre concurrencia son derechos que protegen a los participantes del sector eléctrico, a los consumidores y a la sociedad en general, es decir, podrían considerarse como derechos colectivos difusos.
“Por ello, frente a la posibilidad de que eventualmente se dejen sin efectos las normas reclamadas en favor de las quejosas y que ello ocasione, como se adelantó, un efecto adverso para las demás empresas que se encuentran en su misma posición, afectando la competencia y el desarrollo de la industria eléctrica, se determina que el principio de relatividad de las sentencias debe modularse en el caso concreto, para cumplir con el objetivo último de la Constitución, esto es, permitir una mayor participación de agentes económicos a efecto de lograr el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados y de la población en general en una dimensión colectiva”.
También, menciona que la suspensión definitiva evita un daño que podría ser irreparable no solo en el mercado de la energía eléctrica, el cual no solo repercutiría sobre la esfera jurídica de las quejosas, sino de los consumidores y de la sociedad en general, sino también en el medio ambiente.
En ese sentido, sería casi imposible reparar dichos daños con una eventual sentencia que conceda la protección constitucional, pues las repercusiones económicas en el mercado de la energía eléctrica para todas los eslabones de la cadena [competidores, generadores y consumidores] no serían fáciles de dimensionar de manera inmediata, concreta y puntual; mientras que las afectaciones al medio ambiente por el aumento en la emisión de gases de efecto invernadero para la generación de energía eléctrica, podrían resultar irremediables”.
Será en las próximas semanas, que el gobierno Federal decida impugnar la decisión del juez o en su defecto, hacer algunos cambios en sus artículos para volverla a presentar ante el Congreso para su aprobación.