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La SCJN declará inválidas las Reformas a dos leyes que forman parte del Plan “B” electoral.

La Suprema Corte de Justicia ha declarado inválidas las reformas a dos leyes que forman parte del “plan B” electoral impulsado por el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador. Una mayoría de nueve ministros contra dos ha considerado este lunes que la fracción mayoritaria en el Congreso —Morena y sus aliados del Partido Verde y el Partido del Trabajo— incurrió en graves violaciones al debido proceso legislativo para sacar adelante las modificaciones a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que fueron las primeras que entraron en vigor tras su aprobación en diciembre. Las otras cuatro reformas que integran el paquete del “plan B” serán analizadas en una sesión futura. Se trata de un primer revés judicial contra uno de los proyectos de reforma más importantes para el Gobierno de López Obrador, que con el “plan B” pretendía acotar las facultades del INE —el órgano autónomo que organiza las elecciones— con el argumento de generar ahorros para el erario. Al mismo tiempo, el Supremo ha enviado el mensaje de que será estricto en vigilar que las reformas del Gobierno cumplan con el trámite legislativo establecido en la propia ley.

Al concluir que el Congreso incurrió en violaciones al procedimiento legislativo en la aprobación del “plan B”, la Corte no tuvo que entrar a la discusión de fondo de la constitucionalidad o in-constitucionalidad de las modificaciones. Solo las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz votaron en contra de invalidar las reformas pese al cúmulo de irregularidades descritas durante la sesión. Ambas ministras fueron propuestas al cargo directamente por el presidente López Obrador. El ministro Arturo Zaldívar, que se había distinguido por votar a tono con los intereses del Gobierno en otros asuntos, manifestó este lunes su desacuerdo con el desaseo procedimiental en el que incurrieron los legisladores de la fracción mayoritaria.

La acción de in-constitucionalidad señala que la mala actuación del Congreso derivó en que se aprobara una reforma sin que hubiera deliberación entre las fuerzas políticas representadas y sin que estas conocieran el contenido de lo que avalaron. El ministro Pérez Dayán explicó, por ejemplo, que no se cumplió con el requisito de que las iniciativas enviadas por el Ejecutivo se incluyeran en la Gaceta Parlamentaria el día anterior y que el dictamen de comisiones legislativas se haya circulado entre los legisladores con 24 horas de anticipación. Al contrario, expuso, la mayoría oficialista avaló —sin justificar debidamente la urgencia— una dispensa del trámite legislativo para hacer que la iniciativa pasara directamente al pleno sin haber transitado primero por comisiones. El ministro ha afirmado que la dispensa de trámites “no es un permiso para aprobar leyes a tientas” y ha señalado que no debe usarse como instrumento para negar a los legisladores el conocimiento de los proyectos en aras de la urgencia.

La ministra Margarita Ríos ha advertido de que la dispensa de deliberación no debe convertirse en un recurso rutinario en la aprobación de leyes. “El trámite urgente es una medida excepcional que limita la capacidad deliberativa del órgano legislativo, por lo que no puede operar como una regla, sino que en todo momento debe ser una excepción para casos donde, de seguirse el trámite legislativo ordinario, pudiera generarse una afectación a la sociedad. Para garantizar que esta medida siga siendo excepcional y no se convierta en regla, es necesario sopesar las razones por las que se decide darle a un asunto un trámite urgente”, ha sostenido.

Otros ministros han hecho énfasis en que el debido proceso legislativo garantiza que las minorías representadas en el Congreso puedan participar en condiciones de equidad y que las mayorías no incurran en atropellos. “Esta Corte no puede considerar automáticamente que todas las violaciones son irrelevantes solamente por haber sido aprobadas por una mayoría”, ha dicho el ministro González Alcántara. “No respetar las reglas del proceso legislativo es una deslealtad constitucional y desdén a las minorías parlamentarias que también representan a un sector del pueblo de México”, ha señalado por su parte el ministro Aguilar

La decisión del Supremo augura una nueva etapa de enfrentamientos con el presidente López Obrador, que ha mantenido un pulso cada vez más tenso con los jueces, a los que acusa de perpetuar con sus resoluciones el régimen de privilegios. Este domingo la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República rechazó que la aprobación del “plan B” haya transgredido el principio de deliberación democrática en el Congreso y afirmó que la dispensa de trámite es una atribución reglamentada de los legisladores. “Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”, señaló.