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Iniciativa Busca Erradicar Discriminación o Segregación de Personas Adultas Mayores

Por Jaime Arizmendi

*La exclusión es uno de los factores que más aquejan a este sector social.

Argonmexico / Todas las acciones que se realicen en beneficio de las personas adultas mayores deben evitar todo tipo de aislamiento o separación de espacios reservados o su exclusión de actividades sociales, propiciando su participación, integración e inclusión plena y efectiva en la sociedad, así como la sana convivencia con todos los grupos etarios, con el fin de erradicar la discriminación  o segregación en su contra, propuso el senador David Monreal Ávila.

El planteamiento lo hizo a nombre del Grupo Parlamentario del PT, al presentar ante el Pleno una iniciativa con proyecto de decreto para adicionar una Fracción Sexta al artículo Cuarto de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

El senador por el estado de Zacatecas argumento que la ley tiene por objeto garantizar a ese sector social todos aquellos relacionados con la integridad, dignidad y preferencia; así como certeza jurídica, salud, alimentación y familia,  educación trabajo, asistencia social, participación, denuncia popular y  acceso a los servicios.

En el artículo cuarto del ordenamiento, se establecen los cinco principios rectores que protegen a las personas de más de 60 años de edad, y son: I, Autonomía y autorrealización; II, Participación; III, Equidad; IV, Corresponsabilidad; y V, Atención preferente.

Estos son la base para materializar las disposiciones contenidas en la ley y, como tales, también sirven para dar estructura y cauce a las políticas y estrategias dirigidas al sector, y si bien engloban los aspectos más importantes que deben atenderse para garantizar los derechos de las personas adultas mayores, resulta necesario adicionar el sexto principio que se denominará “Integración multigeneracional”, con fin de erradicar de manera gradual la discriminación o segregación por razón de edad.

La propuesta fue turnada para su estudio y dictaminación a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Segunda.