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Orienta STPS a Trabajadores Formales Sobre Prestaciones Sociales

*A través de la Guía de Educación Previsional en Materia de Seguridad Social, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social explica los beneficios de contar con acceso a servicios de salud y de una pensión, entre otros

Por Carlos A. González

Argonmexico / La importancia de que los empleados formales en el País conozcan que cuentan con diferentes seguros de atención y asistencia médica, contra riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, así como de invalidez, vejez y retiro, es el principal objetivo de la Guía de Educación Previsional en Materia de Seguridad Social.

Elaborada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), bajo la asistencia técnica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España, esta herramienta explica, de manera sencilla, los aspectos más importantes en materia de la seguridad social, entre ellos los pasos a seguir para la afiliación y alta a los servicios de salud, pensiones y/o acceso al crédito para el consumo y para la vivienda.

El derecho a la seguridad social está garantizado por el Artículo 123 de la Constitución Política de México, en sus apartados “A” en favor de los trabajadores de la iniciativa privada; y apartado “B”, para los empleados al servicio del Estado.

Con esta guía, se busca también acercar información a los empleados formales sobre su derecho a la asistencia médica, servicio de guardería, a la seguridad de un ingreso de trabajo por vejez, enfermedad, invalidez o maternidad.

Este instrumento recuerda que, en México, los trabajadores con una relación laboral formal tienen acceso ya sea a los servicios que presta el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para el sector privado; o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), para el sector público.

La guía, que está disponible para su consulta en la página de la STPS  (sección Documentos), orienta sobre la protección en caso de accidentes y enfermedades a los que un trabajador se expone en el desempeño de sus labores.

Recuerda, al respecto, que este seguro puede ser por tiempo determinado, cuando queda el trabajador imposibilitado a llevar a cabo actividades de manera temporal ocasionado por la disminución de sus capacidades; o por tiempo permanente total, cuando pierde sus facultades o aptitudes para llevar a cabo cualquier trabajo de manera definitiva.