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Recomendación de CNDH al Estado Mexicano por Violencia Política de 1965 a 1990

Por Jaime Arizmendi

*Exhibió que actuaron con total impunidad los presidentes de la República, desde Gustavo Díaz Ordaz y Luis Echeverría Álvarez hasta José López Portillo, “quienes siempre estuvieron enterados de las acciones de represión, las ordenaban, y las ocultaban”

Argonmexico / A través del aparato gubernamental se cometieron violaciones graves a los derechos humanos en contra de cientos de militantes y simpatizantes de la izquierda, seguida de otra estrategia de ocultamiento y complicidad para aplazar la justicia y la verdad que implicó a la propia CNDH.

El organismo que preside Rosario Piedra Ibarra hizo hincapié en que mediante labores de profunda investigación, acopio de testimonios y documentos, logró acreditar una estrategia desplegada de manera sistemática por el Estado que violentó los derechos humanos de la ciudadanía.

Testimonios de víctimas y documentos tanto públicos como privados, una amplia investigación que incluyó la revisión de archivos oficiales y de la propia Comisión, permitieron fundamentar y acreditar las violaciones graves a los derechos humanos a la libertad, a la seguridad jurídica, a la integridad personal, al trato digno, por actos de detención ilegal, retención ilegal y actos de tortura, desaparición forzada y ejecución extrajudicial.

Así como al derecho a la verdad y al interés superior de la niñez, en agravio de 814 víctimas, durante el periodo de violencia política del Estado, comprendido de 1965 a 1990.

Una vez integradas todas las quejas, y tras analizar el contexto político, social y económico de aquellos años, emitió la Recomendación 98VG/2023 a diversas autoridades, entre ellas la Fiscalía General de la República (FGR), Secretaría de Gobernación (SEGOB), Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación.

A la Comisión para el Acceso a la Verdad, el Esclarecimiento Histórico y el Impulso a la Justicia de la Violaciones Graves a los Derecho Humanos cometidas de 1965 a 1990 (CoVEH), a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Centro Nacional de Inteligencia, Archivo General de la Nación, Gobierno Constitucional del estado de Guerrero, a los titulares de la UNAM, del IPN y de la UAM, así como a los titulares de las mesas directivas de la Cámara de Senadores y Cámara de Diputados.

En un comunicado, el ombudsman nacional explicó que durante poco más de 20 meses trabajó con las víctimas sobre sus casos, se organizaron jornadas de campo para toma de testimonios en Guerrero, Oaxaca y Morelos; se inspeccionaron sitios de memoria; se hizo investigación histórica y se entabló comunicación con las autoridades; se hizo la revisión también de la Recomendación 26/2001 (emitida por la propia CNDH) de los casos de las personas excluidas de ésta o bien de aquellas que aunque incorporadas en ella no han tenido reparación.

Así como del trabajo de la Fiscalía Especializada para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSPP), abordándose en total los casos de 814 víctimas, quienes durante décadas han visto aplazado su derecho a la justicia, a la reparación y a la verdad.

Estableció que en atención a la complejidad de la investigación, la CNDH ha hecho uso de información de diversas fuentes que ha sido confrontada y analizada “y, dada la naturaleza de cada caso en particular pero que se ciñe a un mismo patrón, a efecto de lograr el esclarecimiento de los hechos, se ha hecho de un diseño metodológico histórico- jurídico, basado en la revisión de resoluciones previas, testimonios rendidos ante este organismo, información hemerográfica de la época, y documentos de archivos que constituyen documentales públicas para resolver el expediente de queja.

Planteó que la recomendación está planteada no a partir de los casos aislados, sino de un análisis de contexto que explica muchas cosas hasta ahora invisibilizadas.

“Entre otras, que la rebeldía y los actos armados de un grupo de mexicanas y mexicanos entre los años 1965 a 1990 no fue una mera ocurrencia o imitación, y mucho menos derivada sólo de lecturas, sino de una realidad:

La ausencia de libertades y democracia que caracterizaron al Estado mexicano durante una gran parte del siglo pasado. Por eso, se reconoce a las guerrillas como grupo beligerante y no como delincuentes comunes, que fue como pretendieron eludir los gobiernos de la época su estrategia genocida, que también fue posible por muchas complicidades de actores políticos, económicos, religiosos y, de medios de comunicación que convirtieron la lucha política en actos de delincuentes comunes y de nota roja”.

Resaltó que queda clara la responsabilidad de la violencia política contra la ciudadanía por parte del Estado mexicano, que implicó a autoridades de todos los niveles, así como a las fuerzas policiacas y militares, en cuya cúspide de todo este complejo represivo, creado exprofeso con total impunidad desde Díaz Ordáz, Echeverría Alvarez y López Portillo.

“La Recomendación incluye un listado lo más completo posible pero no acabado, de las autoridades responsables, las que ordenaron, las que ejecutaron y las que encubrieron. Y en esta ocasión, a diferencia de lo que pasó con la Recomendación de 2001, es público, y se pone a disposición de la sociedad y de las autoridades para que realicen las acciones que correspondan”.

De igual forma, subraya, se ha documentado la sistematización e institucionalización de los instrumentos de represión, mediante la creación y consolidación de cuerpos policiacos y para-policiacos exclusivamente orientados al espionaje y a la persecución de disidentes.

Así, identificó a la Dirección Federal de Seguridad (DFS) y la Brigada Especial o “Brigada Blanca”, así como mediante la coordinación de estos con las fuerzas armadas y con procuradurías, tanto la federal como las locales, y con instancias jurisdiccionales de todo el país, que hizo posible que hechos notoriamente violatorios de los derechos humanos se consumaran, y quedaran impunes.

“Porque hay que dejar en claro que la impunidad de todos estos crímenes abominables de lesa humanidad no se explicaría sin la complicidad de las instancias investigadoras, de integrantes del Poder Judicial e incluso de la propia CNDH y de la FEMOSPP en su momento, que, lejos de abonar a la justicia y a la reparación, alargaron los procesos y los buscaron cancelar mediante mentiras y conclusiones a modo, y hasta forzando a las víctimas a desistirse de su lucha”, sostuvo Rosario Ibarra.

Hace énfasis al señalar que tal recomendación aborda por primera vez no sólo mediante su documentación sino con un análisis de impacto psico-social, el alcance de las violaciones a derechos humanos cometidas contra niñas y niños, familias enteras de quienes eran catalogados como delincuentes; niñas y niños que sufrieron, al igual que sus padres, detenciones arbitrarias y torturas, un daño que trascendió del núcleo familiar a comunidades enteras, que dañó el tejido social y transgeneracional, y laceró a todo el país.

En el caso de las personas que vivieron de forma directa la violencia ejercida por el Estado, se observó que las consecuencias en las víctimas no sólo fueron físicas con las cicatrices de las torturas. A través de testimonios se observa que hubo daño físico irreparable que a pesar de someterse a cirugías o tratamientos quedaron discapacitados y además con secuelas psicológicas que les impidieron retomar la vida que tenían, sin tener el acceso a los medios de rehabilitación que requerían.

Además, las personas que vivieron de forma directa esta violencia política perdieron sus empleos, sus fuentes de ingresos, sus hogares, sus tierras y hasta la salud física y mental; afectaciones graves, infringidas de diversas maneras, cuyas secuelas, a lo largo del tiempo y hasta el día de hoy, se han ido arrastrando, y se siguen evidenciando y replicando tanto en lo social como al interior de las familias involucradas, aunque el daño finalmente ha sido contra toda la población del país.

También se hace un análisis de la violencia política de Estado con fines de exterminio en contra de la población campesina guerrerense durante los años setenta, y de las distintas operaciones realizadas para acabar con los grupos guerrilleros que habitaban en la región. Se da cuenta de las tácticas implementadas por el Ejército para obligar a la población rural a delatar y entregar a integrantes del movimiento guerrillero, así como de las formas de desaparición forzada implementadas, como los vuelos de la muerte y el posible uso de hornos crematorios en el Campo Militar Número 1.

Cabe destacar que, a la fecha de la presentación de esta Recomendación, un importante número de víctimas de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990 por el Estado, han fallecido.

Sin embargo, este organismo nacional considera oportuno pronunciarse por todas las víctimas, con fundamento en el artículo 19 de la Ley General de Víctimas y, considerando que la sociedad mexicana en su conjunto tiene el derecho a conocer la verdad acerca de las graves violaciones a los derechos humanos. Y algo a destacar es que si bien el número asciende a 814, no son todas, y con la publicación de la Recomendación no concluye el proceso de identificación y acreditación de víctimas, por lo que está previsto incorporarlas, conforme se integren y documenten suficientemente sus quejas, dentro del expediente de acumulados, abierto.

Por lo anterior,  la CNDH solicitó, entre otros aspectos, a la SEGOB, a la Subsecretaría de Derechos Humanos, CoVEH, SEDENA y FGR, efectuar un reconocimiento de responsabilidad y disculpa pública del Estado por las violaciones a los derechos humanos, preservar los sitios de memoria y crear un Memorial. Específicamente, la CEAV deberá emitir un plan de reparación integral colectivo en favor de las 814 víctimas y otorgarles atención médica integral, psicológica y psiquiátrica.

Por su parte, la SEGOB tendrá que realizar acciones tendientes a la recuperación del tejido social, fomentar la democracia participativa y optimizar la gestión documental de las administraciones presidenciales citadas.

A la SEDENA se le pide coadyuvar con las denuncias que se presenten por violaciones graves a los derechos humanos, que constituyen crímenes de lesa humanidad; a la FGR, continuar la integración de las averiguaciones previas o iniciar una investigación de los hechos cometidos, y hacer públicos los fondos documentales generados por la Policía Judicial Federal.

A la Subsecretaría de Derechos Humanos de SEGOB se le pide, particularmente, fijar mecanismos para la investigación de los casos pendientes e incorporar los hechos, víctimas y perpetradores señalados a las políticas de memoria; el Centro Nacional de Inteligencia deberá transferir íntegramente los archivos de la extinta Dirección Federal de Seguridad y del CISEN al Archivo General de la Nación, el cual, por su parte, deberá optimizar la conservación, gestión documental y administración de los fondos presidenciales citados y hacer públicos y accesibles en su página web los instrumentos de consulta.

El Gobierno de Guerrero tendrá que llevar a cabo un acto de reconocimiento y disculpa pública; las personas titulares de la UNAM, UAM, IPN y universidades estatales deberán restituir a familiares de las víctimas los expedientes escolares y las darán a conocer, a través de un acto público, como personas desaparecidas pertenecientes a la comunidad universitaria.

Al Congreso se le pide tipificar en el Código Penal la desaparición forzada transitoria y que el delito de desaparición forzada sea un crimen de lesa humanidad; mientras que la SHCP y la Cámara de Diputados tendrán que garantizar recursos financieros, humanos y materiales para el cumplimiento de la Recomendación.

Asimismo, la CNDH asumió su responsabilidad en la dilación de la justicia, la reparación y la verdad en contra de las víctimas de la violencia política de Estado, y por lo mismo, tomará medidas para reivindicar su deficiente y omiso desempeño durante las investigaciones realizadas en el pasado reciente, anterior a la presente administración. “Y la emisión de la presente recomendación es una de ellas. Una deuda histórica que se tenía. Una acción de desagravio, expresó.

Antes de concluir, en el comunicado se hace mención que la recomendación es resultado del trabajo de la Oficina Especial para Investigar la Represión y Desapariciones Forzadas por Violencia Política del Estado durante el Pasado Reciente, creada en enero de 2020, a cargo del Secretario Ejecutivo, quien ocupa su titularidad y tuvo la coordinación del equipo conformado por Jazmín Cisneros López, Leslie Diana Ramírez Rodríguez, Luis Axel Olivares Islas, José Nicolás Tenorio Pérez y Verónica Jiménez Castillo:

A quienes se sumó personal de la Unidad de Protección y Defensa de la Presidencia, de la Coordinación General de Seguimiento de Recomendaciones y de Asuntos Jurídicos y de la Coordinación General de Especialidades Científicas y Técnicas, las y los licenciados Eduardo Villar Román, Rodrigo Roen Acosta Oakes, Ana Laura Arrevillaga Reyna, Gabriel Antonio Godínez Jiménez, Ernesto Oliveros Ornelas; la L.T.S. Sandra Lucía Livas Castro, la L.A.S. Irma Guadalupe Aguirre Pérez, y las y los Psicólogos Verónica Viridiana González Anaya, Diana Vargas Arias, Carlos Omar Maldonado López y Adrián Govea Fernández Cano.

“Estamos a la espera de la aceptación por las autoridades recomendadas, para iniciar el proceso de su seguimiento y cumplimiento”, concluye el amplio documento.