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Aprueban en San Lázaro Miscelánea Fiscal 2020

Por Jaime Arizmendi

* Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprueba la miscelánea fiscal 2020

Argonmexico  / La Comisión de Hacienda de la Cámara Baja aprobó hoy la Miscelánea Fiscal 2020 que recibió del Ejecutivo federal con 46 modificaciones en 66 artículos, entre los que destacan eliminar la propuesta de cobro de impuestos a la venta por catálogo y bloquear temporalmente las plataformas digitales que no paguen impuestos.

El dictamen fue enviado al Pleno para su discusión y análisis mañana jueves; al momento, hizo un receso para que los legisladores estudien la Ley de Ingresos con el impacto económico de la miscelánea fiscal aprobada y se prevé que reanudarán la sesión al filo de las 18 horas.

Durante la sesión, la votación a las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS) y al Código Fiscal de la Federación fue de 18 votos a favor, por parte de Morena y aliados; en tanto siete en contra: uno fue del PRD y seis del PAN; y cuatro abstenciones: dos del PRI y dos de MC.

En la discusión se anunció que existen varias reservas a varios artículos del paquete, pero se acordó que las mismas serán llevadas a discusión en el pleno de la Cámara; y entre los cambios en transparencia fiscal se propuso considerar como sujetos del ISR a los socios o asociados de fondos extranjeros que inviertan en empresas mexicanas.

Asimismo, realizaron ajustes a la limitación de deducción de intereses, de 10 años en lugar de 3 años; y se elimina la propuesto del Ejecutivo sobre imponer impuestos a las ventas por catálogo y se faculta al SAT para que emita reglas que faciliten el pago de impuestos.

Cabe resaltar que en la sesión fue  acordado que el bloqueo del servicio solo será dictado por el administrador general del SAT, siempre que incumpla en obligaciones de registro, designación de representante y domicilio fiscal, no presentar tres declaraciones consecutivas de pago o informativas.

Igualmente la retención del 100% del IVA cuando no se proporcione el RFC a la plataforma por parte de los prestadores de servicio o por conceder el uso o goce temporal de bienes.

Durante 2020 las plataformas podrán emitir un comprobante simplificado identificando la operación y el importe de la retención.

En IEPS, en el impuesto a tabacos labrados se sustituye la propuesta de actualización estimada para la cuota aplicable por la inflación del periodo diciembre 2010 a diciembre 2019. En el impuesto bebidas saborizadas se sustituye la propuesta de actualización estimada para la cuota aplicable por la inflación del periodo diciembre 2018 a diciembre 2019.