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Propone Raymundo Adecuar Ley de UMA para que no se Manipule en Perjuicio de Trabajadores y Salarios

Por Daniel Gómez Trejo

Argonmexico / El diputado Raymundo García Gutiérrez propuso adicionar un artículo 6º a la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización a fin de prohibir que dicha Unidad de Medida se use para disposiciones relativas a la seguridad social y cálculo de prestaciones para los trabajadores, pues de unos años a la fecha se encuentra ya por debajo del salario mínimo.

El legislador guerrerense por el Partido de la Revolución Democrática plantea en su propuesta que sólo en casos donde el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) sea mayor al  salario mínimo vigente podrá ser usarse para el mayor beneficio del trabajador, asegurado o derechohabiente.

Destacó que, al prohibirse en enero de 2016 en la Constitución el uso del salario mínimo como índice, unidad, base, medida o referencia de diversos factores económicos, era necesario contar con una unidad que lo sustituyera en dicha función con objeto de no afectar las remuneraciones a los trabajadores.

Se creó así la UMA, la que sin embargo empezó a ser usada como una forma de abaratar costos laborales al decretarse aumentos salariales por encima de la inflación y, por tanto, de la propia UMA.

Antes de la reforma de 2016 se pretextaba que no debía aumentarse el salario mínimo porque era referencia para el cálculo de otros bienes y servicios, por lo que si se elevaba, impactaba en un aumento de la inflación.

Se creó entonces la UMA, en principio con un valor inicial igual al del salario mínimo y con una actualización conforme a la inflación. De 2016 a la fecha pasó entonces de 73.04 pesos a 86.88 pesos, mientras el salario mínimo pasó de los mismos 73.04 a 123.22 pesos -excepto en la frontera norte-, donde es de 186.56 pesos diarios.

De acuerdo con el INEGI, el desfase entre el salario mínimo general y la UMA es resultado de una política de recuperación salarial que beneficia de manera directa a 10.9 millones de trabajadores que reciben un salario mínimo o menos.

Sin embargo, el sector patronal y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) persisten en abaratar la fuerza de trabajo y ahora utilizan la UMA para calcular el salario y las prestaciones del trabajador.

Así, por ejemplo, se perjudica a los asegurados que, al pensionarse, se les calcularía la pensión por debajo de los 25 salarios mínimos si el Instituto utiliza como límite máximo 25 veces la UMA, con lo que violaría la Constitución.

García alertó que, en esa misma lógica, se estaría afectando a los asegurados al ISSSTE que al momento de pensionarse tengan como máximo de pensión 10 veces la UMA y no 10 veces los salarios mínimos.

“Esto significaría que quienes obtuvieran la pensión máxima otorgada por estas instituciones, tendría una pérdida de cerca del 41.8% debido al cambio, fuera de la ley, del parámetro para determinar su pensión”, precisó el congresista del Partido del Sol Azteca.

“Esto significa que las prestaciones tasadas en salarios mínimos se ven afectadas en su cuantía al traducirse a UMAs, produciéndose así una afectación directa a las remuneraciones de los trabajadores; lo contrario del propósito del legislador de 2016”, puntualizó García Gutiérrez.

Su propuesta advierte que la aplicación de la UMA como unidad de cuenta de prestaciones laborales y de seguridad social puede haber ocasionado ya una pérdida en los ingresos de trabajadores y de beneficiarios de la seguridad social, por lo que éstos podrán reclamar ante las autoridades competentes el pago retroactivo por la diferencia que pudiera resultar a su favor.

García Gutiérrez expuso que los salarios no pueden sentarse sobre la base de los rezagos de otros componentes del salario ni de aquellas prestaciones que los sustituyen cuando los trabajadores se pensionan o cuando sus familiares reciben algún beneficio en dinero derivado de la seguridad social, y recalcó su compromiso por seguir legislando siempre en pro de los derechos de las y los trabajadores mexicanos.