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Cáncer Infantil, Causa Número uno de muerte entre niños de 5 a 14 años de edad en México: Emmanuel Reyes

Por José Luna

*El vocero del GPPRD reconoció la sensibilidad de los integrantes de la Comisión de Salud en San Lázaro, para reformar diversas leyes federales del trabajo, a fin de que los padres de familia puedan ausentarse de sus labores cuando un menor de edad padece esta enfermedad

*Detalla que han sido cesados de sus empleos un promedio de 107 mil padres por estar al cuidado de sus hijos

Argonmexico / El vocero del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD), Emmanuel Reyes Carmona, señaló que, en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, existió sensibilidad para reformar diversas disposiciones de las leyes federal del trabajo, del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en materia de licencia para padres que tienen hijos diagnosticados con cáncer.

Comentó que con estas medidas se garantiza que tanto la mamá como el papá puedan ausentarse de sus empleos sin la preocupación de ser despedidos cuando por alguna emergencia tengan que llevar al menor a una clínica para su atención.

El también secretario de la Comisión de Salud, manifestó que el cáncer infantil es la causa número uno de muerte entre niños de cinco a 14 años de edad en México. En la actualidad, más de 23 mil familias tienen un caso de esta enfermedad en sus hogares, y cada año aumenta en 5 mil más los casos diagnosticados.

El legislador por Guanajuato abundó que las reformas en beneficio de los trabajadores, establecen que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o ISSSTE podrán expedir a alguno de los padres asegurados, una constancia que acredite el padecimiento oncológico y la duración del tratamiento respectivo, a fin de que el patrón o patrones conozcan de esa licencia, la cual tendrá una vigencia de uno y hasta 28 días.

Además, explicó que se expedirán tantos permisos como sean necesarios, durante un periodo máximo de tres años, mismos que no necesariamente deberán ser continuos.

Precisó que los padres o madres trabajadores asegurados que hayan cubierto por lo menos 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha del diagnóstico por los servicios médicos institucionales, y en caso de no cumplir con este requisito, tener al menos registradas 52 inmediatas previas al inicio de la licencia, gozarán de un subsidio equivalente al 60 por ciento del último salario diario registrado por el patrón.

El legislador abundó que la licencia únicamente podrá otorgarse a petición de parte, ya sea el padre o madre que tenga a su cargo el ejercicio de la patria potestad, la guardia y custodia del menor y que en ningún caso se podrá otorgar a ambos trabajadores.

Manifestó que para el Sol Azteca no existe mayor preocupación que el atender todas y cada una de las propuestas que lleguen por diferentes vías para su atención y resolución, siempre en beneficio de las familias mexicanas.