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Suspende Profepa Pesca en ANP del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado

Por  Francisco Iván Cruz

Argonmexico / CDMX.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) vigilará que no se lleve a cabo aprovechamiento pesquero en el Área Natural Protegida (ANP) del Alto Golfo de California y Delta de Río Colorado, en tanto se otorguen las autorizaciones y/o permisos correspondientes a toda aquella persona o embarcación interesada en realizar dicha actividad.

Lo anterior debido a que actualmente ningún pescador o embarcación registrada en la zona cuenta con la autorización federal que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), para el aprovechamiento dentro de la zona de amortiguamiento de la ANP Alto Golfo de California.

En ese sentido y ante el inicio de la migración reproductiva de la totoaba (Totoabamacdonaldi) el Gobierno Federal desplegó en el Alto Golfo de California, a más de 266 inspectores, oficiales de pesca y fuerza pública para combatir la extracción y tráfico ilegal de esta especie.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la Secretaría de Marina Armada de México (Semar), la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), la Gendarmería, la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), aplican una estrategia de cero tolerancia contra el tráfico ilegal de buche de totoaba.

Cabe resaltar que los primero resultados, a dos días del inicio de las operaciones, se reflejan en el aseguramiento de 02 lanchas con motores de 200 HP, 19 redes en donde se encontraron atrapadas 15 totoabas muertas, 04 totoabas vivas y 02 delfines.

14 de las redes aseguradas fueron encontradas a la deriva en el mar y las 05 restantes a bordo de las dos embarcaciones donde pescadores furtivos se dieron a la fuga y posteriormente abandonaron en un área fangosa.

El personal desplegado en la zona bajo el esquema de operaciones mixtas llevan a cabo una vigilancia por mar, tierra y aire para impedir las actividades de extracción ilegal de especies marinas, como la totoaba, y sobre todo los daños colaterales que estas actividades ocasionan a la población de Vaquita Marina (Phocoenasinus).

En la zona del Alto Golfo de California se ha fortalecido la presencia de las autoridades con 130 Infantes de Marina, 45 Gendarmes, 31 efectivos de la Sedena, 30 oficiales de pesca, 24 inspectores y 06 guardaparques; quienes cuentan con vehículos todoterreno y patrullas marinas, además del apoyo de tecnología traducido en un sistema de aeronaves no tripuladas.

En el marco de las acciones de fortalecimiento se incorporarán binomios caninos de la SEMAR y la Gendarmería, quienes están en un proceso corto de adiestramiento de los perros para la detección de totoaba. Asimismo, se mantiene un programa de capacitación sobre identificación de especies marinas que se proporciona a todo elemento que se incorpora a las operaciones.

Cabe señalar, que la pesca de curvinagolfina (Cynoscionothonopterus) en el Alto Golfo de California coincide con la migración reproductiva de la totoaba, sin embargo ante la ausencia de autorizaciones en materia de impacto ambiental los pescadores legales no pueden llevar a cabo la pesca hasta contar con la autorización emitida por la Semarnat.

Por otro lado, se debe señalar que cualquier aprovechamiento pesquero en el Área Natural Protegida (ANP) del Alto Golfo de California y Delta de Río Colorado, debe de contar con la autorización respectiva y la manifestación de impacto ambiental (MIA), en los términos de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, por ello, cualquier embarcación que se localice pescando al interior del ANP deberá contar con su MIA o de lo contrario serán sancionados los pescadores en apego al Artículo 81 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Áreas Naturales Protegidas.

Finalmente, es de resaltar que el Senado de la República aprobó una importante reforma a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para que cuando tres o más personas se organicen, en forma permanente o reiterada, para cometer algún delito contra el ambiente, previsto en la fracción IV del artículo 420 del Código Penal Federal en materia de tráfico de vida silvestre, serán sancionadas como integrantes de la delincuencia organizada. Gracias a esta reforma la autoridad federal podrá investigar, procesar y sancionar a quienes capturen, posean, trafiquen, comercialicen o atenten contra la vida silvestre con mayor severidad. Para cumplir con este propósito el Ministerio Público y la Policía Federal podrán intervenir comunicaciones telefónicas, infiltrar agentes en los grupos delictivos, realizar operaciones encubiertas y solicitar la prisión preventiva oficiosa ante los Jueces federales del sistema penal acusatorio.

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