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Por Detención Arbitraria y Tortura a Cargo de Militares y Policías Federales Contra un Hombre, Dirige CNDH Recomendación a SEDENA y CNS

Por Carlos Cruz Pacheco

Argonmexico / Por la detención arbitraria y actos de tortura contra una persona, atribuibles a elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y de la Policía Federal en Monterrey, Nuevo León, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 35/2018 a los titulares de la SEDENA, Salvador Cienfuegos Zepeda y de la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), Renato Sales Heredia. 

La CNDH conoció del caso cuando un Juzgado de Distrito le formuló una Vista, en la que señaló que un procesado refirió haber sido torturado por los agentes que lo detuvieron, por lo que inició el expediente de queja.

El agraviado refirió que viajaba en autobús, de Monterrey hacia Nuevo Laredo, acompañado por su novia y que fue detenido en un retén operado por elementos de la SEDENA, de ahí lo trasladaron a un cuartel, donde fue golpeado, le aplicaron descargas eléctricas y trataron de asfixiarlo cubriéndole el rostro con una bolsa de plástico.

Posteriormente fue llevado al aeropuerto de Reynosa, Tamaulipas, y lo pusieron a disposición del Ministerio Público Federal en la Ciudad de México, iniciándose en su contra una averiguación previa por delitos contra la salud y portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

En la investigación, la Comisión Nacional advirtió que la detención del agraviado fue resultado de la operación coordinada entre la SEDENA y la Policía Federal. Asimismo, se logró acreditar que los elementos aprehensores transgredieron los derechos humanos a la libertad, integridad y seguridad personal, así como a la seguridad jurídica de la víctima, por su detención arbitraria, así como por la realización de actos de tortura en su contra puesto que en los dictámenes elaborados por la Procuraduría General de la República (PGR) y en la Opinión Especializada basada en el Protocolo de Estambul realizada por esta Comisión Nacional, se concluyó que al agraviado le ocasionaron múltiples hematomas localizados en la cabeza (con aumento de volumen), en el pecho, en ambos brazos y en la espalda, los que corresponden y concuerdan con los actos de tortura que dijo haber sufrido.

Por ello, la CNDH recomienda a los titulares de la SEDENA y CNS que, de manera coordinada, se repare el daño al agraviado, se le inscriba en el Registro Nacional de Víctimas y se le proporcione atención médica y psicológica conforme a la Ley General de Víctimas, que colaboren en la presentación y seguimiento de las denuncias de hechos y quejas que se formulen ante la PGR y las instancias competentes de ambas dependencias contra el personal involucrado en los hechos.

Asimismo, deberán instruir se imparta capacitación en materia de derechos humanos al personal de la SEDENA y de la Policía Federal, dirigida a la prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como aplicar efectivamente el “Manual del Uso de la Fuerza, de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas” y el “Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza”, para que en todos sus operativos se empleen cámaras fotográficas, de videograbación y grabación de audio.