DestacadosEstadosNuevo León

Modifican Paquete Fiscal 2017 para Otorgar Subsidios en Tenencia e Impuesto Predial

Por Pablo Carrillo / Coordinador N.L.

Argonmexico / El Poder Legislativo aprobó cambios a la Ley de Hacienda del Estado, Ley de Hacienda de los Municipios y Ley de Egresos, las cuales,  modifican el Paquete Fiscal 2017.

El diputado Juan Francisco Espinosa Eguía dio lectura al expediente 10627/LXXIV, en el cual, se  realizan cambios a la Ley de Egresos y a  la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León para obligar al Gobierno del Estado a cumplir con el descuento del 50 por ciento en el pago de la tenencia.

“Este programa también aplicará a favor de personas físicas que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y que tengan en propiedad uno o varios vehículos de uso personal o familiar con peso bruto vehicular menor a 3.5 toneladas, que no reúnan los requisitos previstos en los párrafos anteriores. El monto del apoyo otorgado conforme a este párrafo será el equivalente al 50% en el Impuesto Sobre  Tenencia o Uso de Vehículos a fin de que el importe a pagar durante el año 2017”, señala el decreto del dictamen.

A favor del dictamen se pronunciaron los diputados Adrián de la Garza Tijerina quien expresó que “hoy en día el Gobierno del Estado presentó la propuesta de incrementar a un 50 por ciento el descuento en el pago de la tenencia, por lo este día el Congreso del Estado lo establece en la Ley para beneficio de los ciudadanos”.

Al pronunciarse a favor del dictamen, el diputado Rubén González Cabrieles expresó “con las modificaciones se otorgarán  subsidios hasta  del 100 por ciento en el pago de la tenencia y del 100 por ciento en el pago del refrendo para personas físicas y morales”.

El diputado Hernán Salinas Wolberg propuso que “La Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado publique las tablas de subsidio que deberán de otorgarse, así como las bases de los mismos y las bases de las devoluciones de los impuestos que se hayan cobrado con anterioridad a la publicación de este decreto, en un plazo máximo de 15 días”.

Los Legisladores Felipe de Jesús  Hernández Marroquín, Marco Antonio Martínez Díaz, Sergio Arellano Balderas y Samuel Alejandro García Sepúlveda se pronunciaron a favor del dictamen que se aprobó con 41 votos en lo general y en lo particular.

Mientras que, el dictamen 10629/LXXIV que contiene modificaciones a Ley de Hacienda para los Municipios para otorgar subsidios en el pago del Impuesto Predial fue presentado ante el pleno del Congreso por el diputado José Luis Santos.

Se faculta a los Ayuntamientos para poder otorgar un subsidio de hasta un 100% del incremento del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal en el que se haya aprobado una actualización de los valores unitarios de suelo o construcción en los usos de suelo de casa habitación.

Se faculta a los Ayuntamientos para poder otorgar un subsidio por hasta el 100% sobre el excedente del 2% de la tasa del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles

Se faculta a los Ayuntamientos para poder otorgar un subsidio de hasta el 100% sobre el excedente del 5% de la tasa del Impuesto sobre Diversiones y Espectáculos Públicos.

Los Gobiernos Municipales deberán aprobar en sesión de Cabildo la tabla de subsidios que se otorgarán, así como las bases de los mismos y de las devoluciones de los pagos correspondientes al Impuesto Predial que se hubiesen cobrado con anterioridad, en un término no mayor de siete días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.

Durante el ejercicio fiscal 2017 en los Municipios donde se haya aprobado una actualización de los valores unitarios de suelo o construcción en los usos de suelo de casa habitación, el impuesto podrá pagarse por anualidad anticipada a más tardar el día 5° del mes de Junio, sin recargos. En el caso de que se pague a más tardar el día 5° del mes de Abril, gozará de una reducción del 15% de dicha anualidad y si lo cubre a más tardar el día 5° del mes de Mayo, gozará de una reducción del 10% de la misma.

 

Deja un comentario