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Defiende PES su Registro Ante Tribunal

Por Daniel Gómez Trejo

*Entregó Flores Cervantes apelación consistente en 615 hojas, 21 anexos y tres cajas con pruebas.

*Pide nulidad del dictamen emitido por el INE en lo relativo a la pérdida de su registro.

Argonmexico / El Partido Encuentro Social (PES) presentó este martes un recurso de apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra del dictamen emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE) en lo relativo a la pérdida de registro como partido político nacional.

Hugo Eric Flores, Presidente del PES acudió ante el Tribunal para defender ante esta instancia su registro y comprobar que no se llevó a cabo una correcta distribución de los sufragios emitidos a favor de la coalición “Juntos Haremos Historia”, conformada por Morena, Partido del Trabajo y Encuentro Social.

Acompañado del representante del PES ante el INE, Berlín Rodríguez Soria, hizo la entrega del juicio jurídico de apelación que consta de 615 hojas, 21 anexos y tres cajas de pruebas que avalan la posibilidad de haber superado el umbral del tres por ciento de la votación misma que le permitirá mantener su registro.

Presentación del Recurso de Apelación en contra del acuerdo INE/CG1302/2018 “Dictamen del Consejo General del Instituto Nacional Electoral relativo a la pérdida de registro del partido político nacional denominado Encuentro Social, en virtud de no haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección federal ordinaria celebrada el primero de julio de 2018”, aprobado por el Consejo General del INE el pasado 12 de septiembre y notificado el 14 de septiembre.

Con fundamento en el artículo 17 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, solicitaron se remita a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicha apelación en la que se solicita lo siguiente:

  • REVOCAR el acto impugnado, emitiendo una nueva RESOLUCIÓN, en la que aplicando los preceptos constitucionales y secundarios supraindicados, así como lo agravios y razonamientos jurídicos invocados, decida mediante sentencia no cancelar el REGISTRO de nuestro Instituto Político.
  • Se tengan por ofrecidas y admitidas todas y cada una de las pruebas que se detallan en el capítulo respectivo de esta instancia, por encontrarse conformadas a derecho; y en su caso, ordenar su preparación las que el caso amerite.
  • En su oportunidad, y previo a los trámites de Ley, se determine declarar la nulidad lisa y llana del Acuerdo INE/CG1302/2018, “Dictamen del Consejo General del Instituto Nacional Electoral relativo a la pérdida de registro del Partido Político Nacional denominado Encuentro Social, en virtud de no haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección federal ordinaria celebrada el primero de julio del dos mil dieciocho”; por ser ilegal e inconstitucional.

Asimismo, solicitó se ordene a la autoridad responsable dejar sin efecto el Acuerdo combatido y se restituya los derechos que indebidamente le fueron afectados al Partido Político Nacional Encuentro Social, en el sentido de que se continúe con el registro Nacional y con todos sus derechos y prerrogativas que determine la Ley Electoral.